El desarrollo de las regulaciones: Desde el principio hasta el final
Tabla de contenido del folleto
¿Cómo hago para.? 
Nota: Todos los enlaces en el texto a continuación conectan a páginas en inglés.
Cuando EPA identifica una necesidad potencial para crear una norma, se conforma un grupo de trabajo para estudiar más al respecto. El grupo de trabajo es liderado por la oficina de la EPA que va a escribir la regulación (por ejemplo: la ‘oficina líder’) e incluye a miembros de otras partes de la Agencia que tienen intereses o responsabilidades comunes. El grupo de trabajo puede trabajar por meses, empleando científicos expertos, economistas y otros analistas, antes de tomar la decisión final del curso de acción apropiado que se va a llevar. Por lo general el proceso se da de la siguiente manera:
1. Recibo de la aprobación para comenzar. Antes de que el grupo de trabajo comience a escribir la regulación, un Funcionario de Políticas de Regulaciones de EPA (RPO, por sus siglas en inglés) debe darles una autorización para iniciar el trabajo. El RPO de EPA es el Administrador Encargado. Cada agencia federal debe designar un RPO, como es requerido por el Decreto Ejecutivo (EO, por sus siglas en inglés) 13422 (PDF)
(3 pp, 600K).
2. Análisis del problema. El grupo comienza desarrollando un plan de trabajo con el fin de dirigir el proceso de desarrollo regulatorio. Este plan se conoce como Plan Analíticoy sintetiza las principales preguntas que requieren respuestas, los datos que se necesitan, los expertos quienes deben ser consultados, los costos anticipados y otras necesidades de reglamentación. Los directores ejecutivos de EPA proporcionan orientación acerca del Plan Analítico al inicio del proceso durante una reunión conocida como Orientación Anticipada. Después de la reunión, el grupo utiliza su plan analítico para comenzar a estudiar el problema. Es posible que obtengamos información de otros estudios de EPA, literatura científica, otras agencias del gobierno y otros investigadores dentro y fuera del país.
3. Identificación de opciones. El grupo de trabajo entonces considera las opciones disponibles para tratar el problema. Ésto puede requerir evaluar las técnicas ambientales, cambios en las prácticas de gestión ambiental e incentivos que pueden motivar un mejor manejo ambiental. En esta etapa el grupo también toma en cuenta temas relacionados, como son el impacto de varias opciones en los negocios pequeños, en la salud de los niños o en los gobiernos estatales y locales. En algunas ocasiones el grupo puede concluir que no hay necesidad de crear una norma.
4. Publicación de una propuesta y solicitud de comentarios del público. Si el análisis preliminar recomienda la necesidad de una regulación, el grupo escribe un borrador de una regulación propuesta para su publicación en el Registro Federal. Expertos de la EPA, otras agencias federales, grupos de asesoría y otros, ayudan a informar sobre la norma propuesta.
El borrador de la publicación se llama ‘Aviso del Proceso Normativo Propuesto’ (NPRM por sus siglas en inglés). Una ley conocida como la ‘Ley de Procedimientos Administrativos’ (5USC Ch. 5) generalmente requiere que EPA y otras agencias regulatorias federales soliciten comentarios del público antes de finalizar la regulación. El periodo para obtener comentarios del público dura por lo general entre 60 y 90 días. Los avisos del Registro Federal relacionados con el medio ambiente están disponibles en muchas páginas Web, incluyendo esta página.
Algunas veces la EPA puede publicar una Solicitud de Información (ICR, por sus siglas en inglés) al mismo tiempo que publica un NPRM. La ‘Ley de Reducción de Trámites’
(23 pp, 122K, Sobre PDF) requiere a todas las agencias que se aseguren que sus regulaciones no impongan una carga innecesaria de trámites en los individuos, negocios y otros. Es por eso que buscamos la aprobación de un ICR cuando nuestras normas propuestas puedan requerir que más de 10 miembros del público nos presenten un informe similar. El público puede hacer comentarios sobre estos ICR de la misma manera que lo pueden hacer para los NPRM. Vaya al sitio Web de ICR de EPA para obtener más información.
5. Revisión de los comentarios públicos. Luego, el grupo de trabajo revisa y evalúa todos los comentarios recibidos. Dependiendo de la regulación, estos comentarios pueden recomendar desde cambios mínimos hasta el reescribir grandes porciones. El grupo sopesa y evalúa cuidadosamente todos los comentarios recibidos antes de desarrollar un borrador final de la norma para la revisión y aprobación de los directores ejecutivos de EPA. Todos los comentarios hechos por el público, así como nuestras respuestas se adjuntan al expediente de la norma. (Obtenga más información sobre cómo presentar un comentario y cómo tener acceso a los expedientes.)
6. Presentación de la regulación. Después de la aprobación por parte de los altos ejecutivos, el Administrador de EPA o su delegado revisa la regulación final y decide si debe presentarse o no. Si el Administrador decide emitir la regulación, ésta es publicada en el Registro Federal. Las fechas en las que la regulación se hace efectiva varían. Por ejemplo, puede hacerse efectiva el mismo día en que es publicada o puede serlo un año después. Estas fechas se especifican en cada regulación . El Congreso puede decidir revocar una regulación luego de que el Administrador la ha publicado, aunque esto rara vez ocurre.
7. Análisis de nuestras regulaciones. La publicación de una regulación final es sólo el principio de nuestro trabajo. Después de la promulgación, trabajamos con empresas reguladas así como con los gobiernos y organizaciones sin fin de lucro para ayudarlos a cumplir con los requisitos. En algunos casos son necesarias acciones para el cumplimiento de las reglas y también analizamos nuestras normas para asegurarnos de su efectividad.
En ocasiones se deben seguir pasos adicionales en este proceso. Como por ejemplo cuando el grupo de trabajo decide escribir un aviso intentando conseguir los comentarios del público e información antes de que la propuesta sea desarrollada. Esta propuesta previa se conoce como Notificación Anticipada del Proceso Normativo Propuesto y es publicada también en el Registro Federal. Algunas veces el grupo recibe nueva información por parte del público durante el periodo abierto a comentarios, en cuyo caso podemos publicar en el Registro Federal un Aviso de Disponibilidad de Información (Notice of Data Availability o NODA) para que los interesados puedan obtener más información y enviar comentarios adicionales. Finalmente, el grupo de trabajo puede decidir tomar una nueva dirección luego de recibir la información adicional, lo que en muchos casos resulta en un ‘Aviso Suplementario del Proceso Normativo Propuesto’.
La EPA tiene personal especializado dentro de la oficina del Administrador con el fin de apoyar todas las normas en desarrollo. La Oficina de Política Reglamentaria y Administración brinda apoyo y monitorea la situación de los grupos de trabajo regulatorios, ayuda con la publicación del Registro Federal y se asegura que EPA esté siguiendo las diferentes leyes y Decretos Ejecutivos que rigen la manera en que se deben escribir las regulaciones.
Trabajando con otros socios federales
Debido a que EPA forma parte de la Rama Ejecutiva, solicitamos a otros departamentos y agencias federales que nos den su opinión cuando nuestras normas se relacionan con su trabajo. La Oficina de Administración y Presupuesto de la Casa Blanca (OMB, por sus siglas en inglés) se asegura que éstas sean consistentes con las prioridades y políticas ambientales de la Administración, y coordina revisiones por parte de otras agencias federales que puedan tener interés en el asunto.
Por lo general, OMB coordina la revisión de regulaciones que pueden requerir más de $100 millones en costos anuales en asuntos de sociedad, asuntos legales o de políticas que sean actuales y controvertidos o que requieran de la opinión de otras agencias. EO 12866 (Disponible en PDF) (10 pp, 36K, Sobre PDF) regula la manera como opera el proceso de revisión de OMB. Usted puede ver las normas anteriores y las actuales bajo la EO 12866 en la página RegInfo.gov.

Dónde buscar/ encontrar las regulaciones
Nosotros publicamos en el Registro Federal todas nuestras regulaciones propuestas, las regulaciones finales y los avisos. Luego todas las regulaciones generales y permanentes son codificadas en el Código de Regulaciones Federales (CFR), del cual se encarga la Oficina Impresora del Gobierno (GPO) para que todos los departamentos y agencias federales tengan acceso a ellas. Conocido como el CFR, esta compilación de regulaciones del gobierno se divide en 50 títulos que representan los temas de la autoría federal como educación, transporte y agricultura. Las regulaciones ambientales se encuentran principalmente en Título 40: Protección Ambiental.
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