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United States Environmental Protection Agency
Pesticidas: Salud y Seguridad
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¿Quiénes

 

¿Quiénes Están Cubiertos y en Qué Circunstancias?

La Norma de Protección para el Trabajador (WPS) protege a los empleados de fincas, bosques, viveros e invernaderos contra los riesgos causados por exposición a pesticidas agrícolas. Las provisiones de la Norma están dirigidas a dos tipos de empleados:

Manipuladores de Pesticidas son aquéllos que mezclan, cargan o aplican pesticidas agrícolas; limpian o reparan equipo utilizado para la aplicación de pesticidas; o ayudan de algún modo en la aplicación de los pesticidas.

Trabajadores Agrícolas son aquéllos que llevan a cabo tareas relacionadas con el cultivo y cosecha de plantas en granjas o invernaderos, viveros o bosques. El concepto de trabajador abarca a todo aquel empleado por cualquier tipo de compensación (incluyendo el trabajador autónomo) que realice tareas relacionadas con la producción de plantas agrícolas en un establecimiento agrícola tales como cargar materiales de viveros, transplantar o regar plantas.

El concepto de trabajador agrícola NO incluye a los empleados de oficinas, choferes de camiones, mecánicos y a cualquier otro empleado que no desempeñe tareas relacionadas con las actividades de los trabajadores de la finca o los manipuladores de pesticidas. Sin embargo algunos requisitos se aplican a todas las personas; y otros requisitos aplican a todo aquel que manipule equipos de aplicación de pesticidas o limpie o lave el equipo de protección personal de pesticidas que esté contaminado.

La WPS no se aplica cuando los pesticidas son aplicados en los siguientes casos de régimen agrícola:

  • En la supresión de mosquitos, la erradicación de la mosca de la fruta del Mediterráneo o en programas similares subvencionados por entidades gubernamentales para el control de plagas en áreas publicas. La WPS se aplica a programas cooperativos en los cuales los mismos dueños de las cosechas hacen la aplicación del pesticida o bien hacen los arreglos necesarios para dicha aplicación.
  • En ganado u otros animales, o dentro o alrededor del habitáculo del animal.
  • En plantas cultivadas que no tengan como propósito fines comerciales o de investigación, lo cual puede incluir plantas en su propio ambiente, jardines e invernaderos domésticos de frutas y vegetales.
  • En plantas que se encuentren en jardines ornamentales, parques y extensiones de césped y tierras públicas y privadas cuyo objeto es solamente estético o de modificación climática.
  • Por inyección directamente en plantas agrícolas. La inyección directa no incluye quimigación, presiembra incorporada o inyección al suelo.
  • De una manera no relacionada con la producción de plantas agrícolas, tales como el control de plagas urbanas, el control de la vegetación en las áreas o caminos de dominio común con derecho de paso y en áreas no cultivables, así como en el uso en pastos y pastizales
  • Para el control de plagas de vertebrados.
  • Como atrayentes o repelentes en trampas.
  • En las porciones ya cosechadas de plantas de producción agrícola o en madera cortada.
  • Para investigación de pesticidas no registrados.

Para más información sobre el alcance de la WPS, consulte la regulación.

 

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